La guía más completa y actualizada: estado real por sectores, quién ya trabaja menos, calculadora de horas y todos tus derechos laborales en 2026.
La situación es diferente según si eres empleado público o privado. Aquí tienes el estado real, sin rodeos.
Desde el 16 de abril de 2026, los empleados de la Administración General del Estado tienen 35 horas semanales (1.533 horas anuales). Antes eran 37,5h.
✅ En vigor desde 16 abril 2026La ley fue rechazada en el Congreso el 10 de septiembre de 2025 por PP, Vox y Junts. La jornada máxima legal sigue siendo 40 horas semanales.
❌ No aprobada · 40h máximo legalLa media real en convenios es 38,1 horas semanales (marzo 2026), bajando desde 38,4h hace un año. Los convenios de empresa son más avanzados: 37,3h de media.
⚡ Depende de tu convenioDescubre cuántas horas ganarías si se aprueba la reducción y qué derechos tienes hoy. Cálculo basado en datos reales.
Todo el proceso legislativo desde el inicio hasta mayo de 2026, explicado con claridad.
Datos del Ministerio de Trabajo y CEPYME sobre la jornada media real y el porcentaje de trabajadores que superan 37,5h en cada sector.
| Sector | % trabajadores >37,5h | Jornada media convenio | Impacto si se aprueba la ley |
|---|---|---|---|
| 🍽️ Hostelería | 99,5% | ~39,5h | Muy alto |
| 🌾 Agroganadería | 96,8% | ~39h | Muy alto |
| 🛒 Comercio | 96,6% | ~39h | Muy alto |
| 🏗️ Construcción | ~98% | ~39h | Muy alto |
| 🏭 Industria manufacturera | ~98% | ~38,5h | Muy alto |
| 🚛 Transporte y logística | ~90% | ~38,5h | Alto |
| 🏥 Sanidad privada | ~70% | ~38h | Medio |
| 💻 Tecnología / IT | ~40% | ~37,5h | Bajo |
| 🏛️ Empleados públicos | ✅ Ya en 35h desde abril 2026 | Aplicado | |
| ⚖️ Banca y finanzas | ~30% | ~37h | Bajo |
Fuentes: CEPYME, Ministerio de Trabajo y Economía Social, datos de negociación colectiva a marzo 2026.
Aunque la ley general de 37,5h no esté aprobada, el Estatuto de los Trabajadores ya reconoce varios derechos de reducción. Estos son los que tienes ahora mismo:
Reducción de entre 1/8 y 1/2 de la jornada con reducción proporcional de salario. La empresa no puede negarse. Solicitud por escrito con 15 días de antelación.
Art. 37 ET · Derecho reconocido1 hora diaria de ausencia sin pérdida de salario. Puede dividirse en dos fracciones de 30 min o acumularse en días completos. Solo un progenitor si ambos trabajan.
Art. 37.4 ET · Sin reducción salarialFamiliares hasta 2º grado de consanguinidad que no puedan valerse por sí mismos. Entre 1/8 y 1/2 de la jornada. Sin límite temporal.
Art. 37 ET · Sin límite de tiempoMínimo del 50% de la jornada cuando el hijo esté hospitalizado o en tratamiento continuado por enfermedad grave. Acreditada por médico.
Art. 37.6 ET · Mínimo 50%Derecho a reducción de jornada con disminución proporcional del salario o reordenación del tiempo de trabajo. Para protección y asistencia social integral.
Art. 37.8 ET · Derecho especialIncluso sin motivo específico, puedes negociar voluntariamente una reducción. Muchas empresas ya aplican 37,5h o menos por convenio propio. Consulta tu convenio colectivo.
Negociación colectivaLas preguntas que más nos hacen, respondidas con datos oficiales.
Si tienes derecho a reducción de jornada por alguno de los motivos del Estatuto de los Trabajadores, este es el proceso que debes seguir.
Consulta el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y tu convenio colectivo. Los motivos más comunes: cuidado de hijos menores de 12 años, familiares dependientes, lactancia o guarda legal.
Elige el porcentaje de reducción (entre 1/8 y 1/2 de tu jornada en la mayoría de casos) y el horario que prefieres. Recuerda que el salario se reduce proporcionalmente.
Envía un escrito al departamento de RRHH o a tu empresa indicando: fecha de inicio, fecha de finalización prevista, motivo, porcentaje de reducción solicitado y nuevo horario propuesto. Guarda una copia.
Tu empresa tiene la obligación de comunicar la reducción a la Seguridad Social para que tu cotización y prestaciones futuras (jubilación, desempleo) se ajusten correctamente.
Si la empresa rechaza tu solicitud sin causa justificada, tienes derecho a presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. El procedimiento es urgente y preferente. Consulta con un abogado laboralista o acude a tu sindicato.
Aunque la ley de 37,5h está bloqueada, el Gobierno avanza por separado con el registro digital obligatorio. Esto sí puede aprobarse pronto.
Cada empleado deberá registrar personalmente el inicio y fin de su jornada. Ya no valdrán los sistemas de marcaje colectivo o por responsable.
El sistema debe garantizar autenticidad y trazabilidad. La empresa deberá conservar los datos durante 4 años y estar accesibles para trabajadores e Inspección de Trabajo.
Hasta 10.000€ por trabajador afectado. Las multas ya no serán globales por empresa sino individuales, lo que multiplica el impacto económico para empresas medianas y grandes.
A diferencia de la ley de 37,5h, el registro digital puede aprobarse por Real Decreto sin necesidad de mayoría parlamentaria. El Gobierno lo tramita de forma independiente.
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