Estado actual Calculadora Cronología Sectores afectados Tus derechos Cómo solicitarla Registro digital Preguntas frecuentes → Calcular mis horas
⚡ Actualizado mayo 2026: Empleados públicos ya tienen 35h semanales desde el 16 de abril. Sector privado: jornada máxima legal sigue en 40h.

El registro digital obligatorio de la jornada de trabajo

A pesar del bloqueo legislativo a la reducción a 37,5 horas, el Ministerio de Trabajo avanza por vía de Real Decreto en la reforma del control horario obligatorio de las plantillas.

📱

Control personal e intransferible

Cada empleado deberá registrar de manera directa y personal las horas exactas de inicio y fin de la jornada de trabajo. Se prohíben los registros colectivos en papel o las hojas de cálculo editables.

🔒

Datos inalterables y trazables

Los sistemas digitales utilizados por la empresa deben impedir modificaciones a posteriori. Los registros horarios deberán ser guardados por la empresa durante un plazo obligatorio de 4 años para posibles inspecciones.

💶

Multas individuales acumulativas

Las sanciones aplicadas por la Inspección de Trabajo ante la falta de registro o falseamiento pasarán a ser individuales: **hasta 10.000 € de multa por cada trabajador afectado**, en lugar de una multa única global para la empresa.

Aprobación directa por Real Decreto

A diferencia de la reducción de la jornada a 37,5 horas, que requería una Ley Orgánica votada en el Parlamento, el registro horario digital interoperable puede ser aprobado directamente por el Consejo de Ministros.

Resumen en 1 minuto (GEO Booster)
  • Control Horario Digital: El Ministerio de Trabajo tramita un decreto para obligar a que el registro de jornada sea digital, inalterable y no editable.
  • API e Inspección Remota: Los sistemas de fichaje deberán estar conectados en tiempo real con la Inspección de Trabajo para auditorías telemáticas aleatorias.
  • Sanciones LISOS: Las multas pasan a ser individuales por cada empleado afectado, alcanzando hasta 10.000€ por infracciones graves.

¿Cómo funciona el nuevo régimen de Inspección de Trabajo remota?

La gran revolución que plantea el nuevo reglamento es la **interoperabilidad** de los sistemas de marcaje. Hasta ahora, cuando un Inspector de Trabajo acudía a una empresa, debía solicitar los listados de fichaje y analizarlos de forma presencial o diferida.

Con el nuevo marco tecnológico en tramitación, las herramientas informáticas de control horario de las empresas deberán disponer de una **API o interfaz de conexión directa** autorizada por el Ministerio. Esto permitirá:

  • Auditorías en tiempo real: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) podrá conectarse de manera telemática a las bases de datos de fichaje de cualquier empresa de forma aleatoria para contrastar si los empleados dados de alta están en su puesto fuera de su horario ordinario.
  • Cruces automatizados: Se contrastarán de forma automática los datos de fichaje digital con las cotizaciones enviadas a través del Sistema RED de la Seguridad Social, detectando de forma inmediata horas extraordinarias no declaradas ni cotizadas.

El nuevo baremo de sanciones de la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones)

La modificación legal de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) endurece drásticamente el coste del incumplimiento empresarial:

Anteriormente, no llevar el registro de jornada o tener deficiencias en él se consideraba una infracción grave sancionada con una multa única global de entre 751 € y 7.500 € por empresa, con independencia del tamaño de la plantilla. Con la reforma, **la infracción se tipificará de forma individualizada**:

Gravedad de la Infracción Cuantía Mínima (por trabajador) Cuantía Media (por trabajador) Cuantía Máxima (por trabajador)
Leve (errores formales de marcaje) 80 € 400 € 800 €
Grave (falta de sistema o no conservación) 1.000 € 5.000 € 10.000 €
Muy Grave (falseamiento o alteración de datos) 10.001 € 15.000 € 22.500 €

Recomendaciones para pymes y autónomos con trabajadores

Para evitar sanciones graves, es recomendable que las empresas descarten desde ya el uso de firmas manuales en papel u hojas Excel desprotegidas. Se debe contratar un software homologado en la nube que garantice la trazabilidad de los datos, ofrezca acceso permanente a la plantilla y proporcione una firma digital inalterable de cada fichaje.

Sofía Martín

Análisis de Normativa por Sofía Martín

Sofía Martín efectúa el seguimiento técnico de los reglamentos del Ministerio de Trabajo e Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) en España.

Conoce más sobre nuestro equipo editorial →